SISTEMA BANCARIO Y BURSATIL MEXICANO
Es el
conjunto de organizaciones, tanto públicas como privadas, a través de las
cuales se regulan y llevan a cabo actividades financieras mediante
títulos-valor que son negociadas en la Bolsa Mexicana de Valores, de acuerdo a
lo dispuesto con la Ley del Mercado de Valores. Dichas operaciones son llevadas
a cabo por los intermediarios bursátiles, quienes se encuentran inscritos en la
Sección de Intermediarios del Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
La
operación se lleva a cabo entre Oferentes y Demandantes, estos intercambian los
recursos monetarios, obteniendo los primeros un rendimiento pagando los segundos
un costo financiero y ambas partes se contactan a través de Casas y Agentes de
Bolsa.
Las
operaciones financieras se documentan mediante títulos-valor que son negociados
en la Bolsa Mexicana de Valores, mediante el sistema automatizado SENTRA, al
cual están conectados las Casas de Bolsa y los propios Agentes intermediarios.
Todo ello supervisado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, quién
regula la realización de estas actividades, reglamentadas en la Nueva Ley del
Mercado de Valores.
Para
una mejor comprensión de los destinatarios o receptores de la ley del mercado
de valores, se dividen en dos grandes grupos:
•
Elementos principales.
•
Elementos secundarios.
SISTEMA FINANCIERO MEXICANO
Es
el conjunto de instituciones encargadas de la circulación del flujo monetario y
cuya tarea principal es canalizar el dinero de los ahorristas hacia quienes
desean hacer inversiones productivas.
Está
conformado por el conjunto de instituciones bancarias, financieras y demás
empresas e instituciones de derecho público o de derecho privado debidamente
autorizadas que operan en la intermediación financiera.
INTITUCIONES QUE CONFORMAN EL SISTEMA
FINANCIERO
Lo
conforman las siguientes instituciones:
• Financieras.
• Compañías
de Seguros.
• Administradoras
de Fondos de Pensiones.
• Banco
de la Nación.
• Bolsa
de Valores.
• Bolsa
de Productos.
• Bancos
de Inversiones.
Organización
Los seis sectores del sistema financiero
mexicano, son:
• El sector bancario
• Las instituciones no bancarias
• El mercado de valores
• El mercado de derivados
• Las instituciones de seguros y fianzas
• Las instituciones del Sistema de Ahorro para
el Retiro
A partir del 2000 al 2006 la banca Mexicana
entra en una etapa de apertura y consolidación, se crea la Ley de Ahorro y
Crédito Popular y La Ley de Sociedades de Inversión. México tuvo el ingreso
nacional bruto per capital más alto de Latinoamérica; la economía mexicana, en
término del PIB, fue la decimocuarta más grande del mundo en valores nominales
y la duodécima en paridad del poder adquisitivo.
Actualmente el panorama económico de México
cambio debido a la crisis hipotecaria en Estados Unidos, especulaciones de
empresas con divisas ocasionando una depreciación en el peso mexicano y la baja
del precio del petróleo.
El
Sistema Financiero es un ente dinámico, toma vida propia de las actividades
económicas realizadas por las personas morales y físicas, a menudo existe un
choque de fuerzas entre las mismas que en ocasiones piden la intervención de la
autoridad u organismos regulatorios y que al mismo tiempo reciben opiniones
fuertes respecto del derecho de libre economía.
En todo este contexto el sistema financiero
mexicano no pierde su propósito de captar recursos económicos de unos, para
ponerlos a disposición de otros que requieren dicho recurso para satisfacer esa
necesidad, de tal modo que al existir el crecimiento puedan todos los
participantes verse beneficiados.
El sistema financiero procura la asignación eficiente de recursos entre ahorradores y demandantes de crédito. Un sistema financiero sano requiere, entre otros, de intermediarios eficaces y solventes, de mercados eficientes y completos, y de un marco legal que establezca claramente los derechos y obligaciones de las partes involucradas.
LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS
Sistema Financiero Mexicano Concepto Fundamento legal Objeto social o facultades Sociedades Controladoras Regla Segunda RGCFGF Art. 6°., LRAF Art. 16°., LRAF
Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros
Concepto
Regla segunda.‐ Para efectos de estas reglas, se entenderá por:
Fundamento legal
Artículo 6o. Se requerirá autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la constitución y funcionamiento de grupos financieros. Estas autorizaciones serán otorgadas o denegadas discrecionalmente por dicha Secretaría, oyendo la opinión del Banco de México y, según corresponda, en virtud de los integrantes del grupo que pretenda constituirse, de las Comisiones Nacionales Bancaria y de Valores y de Seguros y Fianzas.
Por su naturaleza, dichas autorizaciones serán intransmisibles.
Objeto social
Concepto
Regla segunda.‐ Para efectos de estas reglas, se entenderá por:
V.‐ Controladora, a la sociedad que de conformidad con el Título Tercero de la Ley, se constituya para la adquisición y administración de las acciones de las Entidades Financieras y de las Empresas
Artículo 6o. Se requerirá autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la constitución y funcionamiento de grupos financieros. Estas autorizaciones serán otorgadas o denegadas discrecionalmente por dicha Secretaría, oyendo la opinión del Banco de México y, según corresponda, en virtud de los integrantes del grupo que pretenda constituirse, de las Comisiones Nacionales Bancaria y de Valores y de Seguros y Fianzas.
Por su naturaleza, dichas autorizaciones serán intransmisibles.
Objeto social
Artículo 16.‐ La sociedad controladora tendrá por objeto adquirir y administrar acciones emitidas por los integrantes del grupo. En ningún caso la controladora podrá celebrar operaciones que sean propias de las entidades financieras integrantes del grupo.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:
DERECHO FINANCIERO MEXICANO Estudio Teórico Conceptual, Antecedentes, derecho comparado y opiniones especializadas (Primera Parte)./ Claudia Gamboa Montejano Investigadora Parlamentaria .
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